No es exagerado decir que muchas de las instituciones del derecho romano perviven en la actualidad en nuestro país, especialmente en el ámbito civil. Sin embargo no es menos cierto que ese “corpus iuris civilis” tuvo que ser rescatado artificiosamente del legado documental que sobrevivió al imperio de Oriente especialmente a partir del siglo XIII y en el que la Universidad de Bolonia tuvo una especial participación.
Las estructuras sociales que aplicaban un único cuerpo legal sobre un extenso territorio desaparecieron con la caída del Imperio Romano de occidente y fueron sustituidas en la Alta Edad Media por un conjunto de normas locales provenientes fundamentalmente del derecho germánico, con hondas raíces en el ejercicio de la fuerza para resolver los conflictos. El derecho germánico se caracterizaba por la preferencia de resolver los problemas entre los particulares sin la interferencia de una ley uniformadora ejercida por el poder del Estado.
En el presente artículo me gustaría hablar de una de esas instituciones del derecho medieval: La ordalía, comúnmente conocida como el juicio de Dios. Los diferentes tipos de ordalías tienen como base la escasa confianza en el proceso judicial medieval, que no deja de ser una obra imperfecta del ser humano, frente a la suprema sabiduría de Dios. Básicamente en el juicio de Dios basta una mera acusación de haber contravenido una norma para que el acusado deba demostrar su inocencia. No existe la presunción de inocencia, ni tampoco es necesaria la aportación de pruebas de cargo del acusador, ya que en definitiva al acusado se le va a juzgar en la mayoría de los casos por lo que es, o lo que representa (judío, sodomita, bruja etc.) y no por los hechos concretos que ha podido cometer. En definitiva, se invoca a Dios a fin de que intervenga en los asuntos materiales de los hombres demostrando la inocencia o culpabilidad del acusado mediantes diversas técnicas (deus ex machina) que ahora veremos y que en su mayoría consistían en alterar las propias leyes de la naturaleza.
Hoy en día se denomina “probatio diabólica” cuando se intenta por parte de la acusación que el acusado deba probar su inocencia, o bien demostrar lo indemostrable frente a cosas que nunca sucedieron (en el ámbito cinematográfico estamos acostumbrados a hablar de “tener una coartada”) En definitiva, se trata de demostrar que algo no ha ocurrido, la inexistencia de algo, o la propia inocencia del acusado, algo ajeno al Derecho moderno en el que la “carga de la prueba” corresponde a quien ha de probar la existencia de algo, o la culpabilidad del reo.
Aunque de desigual utilización en el tiempo a lo largo de la Edad Media, los principales tipos de ordalías fueron el juicio por combate y las pruebas de agua y fuego, además de algunas otras relacionadas con la supervivencia a la ingestión de determinados productos tóxicos.
La ordalía por combate
En relación a esta modalidad de juicio de Dios recomiendo a los cinéfilos la magnífica película del afamado director Ridley Scott El último duelo, adaptación cinematográfica de la novela homónima de Eric Jager (Ático de los Libros). Ambas se basan en una historia real ocurrida en Francia en el año 1386, en el que el caballero Jean de Carrouges solicita al rey un juicio por combate a muerte para dilucidar judicialmente la veracidad de la violación de su esposa Marguerite por parte de Jacques le Gris. El título de la novela y de la película se basa en la creencia de que éste fue el último de los juicios por combate de los que se tienen noticias. Aunque algunos autores sostienen que las ordalías fueron prohibidas por la Iglesia en el Concilio de Letrán de 1215, lo cierto es que tan solo prohibió que los clérigos participasen en ellas, ya que hasta entonces eran dirigidas por los mismos y es obvio que este tipo de pruebas se siguieron realizando durante toda la Edad Media.
Si buscamos algo más clásico es imprescindible nombrar la almibarada novela del escritor escocés Walter Scott “Ivanhoe” (1820) en la que el protagonista salva a la judía Rebeca en un juicio por combate en la Inglaterra del siglo XII.
«The Last Duel». Productoras: 20th Century Studios, Scott Free Productions, Pearl Street Films, TSG Entertainment. Distribuidora: Walt Disney Pictures.
El juicio por combate estaba muy arraigado en el derecho germánico y sus raíces son tan antiguas que podemos encontrar pruebas similares en otras civilizaciones, siglos atrás, con dioses diferentes. Era un duelo judicial totalmente integrado en el sistema de justicia, de tal modo que en ausencia de testigos o de una confesión, quien ganaba la pelea era considerado el poseedor de la verdad. No importaba la lógica ni la razón, que eran sustituidas por la fuerza o la habilidad en el combate, ya que a los ojos de los creyentes tan solo importaba el apoyo de Dios, que hacía que resultase vencedor el poseedor de la verdad. Lo cierto es que normalmente triunfaba la brutalidad y la fuerza (Dios ayuda a quien se ayuda a sí mismo). En la película mencionada podemos ver otros efectos colaterales: La esposa ultrajada se exponía a morir en la hoguera si su marido perdía el combate.
Fuente: https://wiktenauer.com/wiki/File:MS_Dresd.C.94_284r.png
La prueba de las aguas
Existían dos tipos de prueba según se realizasen con agua fría o agua caliente, siendo esta última la más antigua de las dos.
Ordalía de agua caliente
La judicium aquae ferventis ya aparece mencionada en textos del siglo IX y consistía en sus diferentes modalidades en introducir el brazo hasta la muñeca o hasta el codo en las modalidades de acusación más graves. La prueba se realizaba en una iglesia bajo la dirección de un sacerdote en la que instaba a los presentes a rezar para que Dios se pronunciase sobre si el acusado decía o no la verdad. Si al cabo de tres días se observaban ampollas o las heridas no habían curado, se consideraba que el sospechoso había cometido el crimen. Era la prueba judicial definitiva y ya se podía aplicar la pena directamente por la autoridad civil.
Ordalía de agua fría
La judicium aquae frigidae consistía en arrojar al acusado atado de pies y manos a una zona con una cierta profundidad de agua ya fuese un pozo, un río, un lago o el mar. Si el agua no rechazaba el cuerpo (es decir, el cuerpo se hundía) se declaraba que el acusado era inocente aunque por supuesto corría el riesgo de morir. En el caso de que el cuerpo flotase era un indicio claro de culpabilidad y el sospechoso era condenado.
De facto ambas pruebas se utilizaron durante toda la Edad Media y tuvieron una especial consideración en la caza de brujas como medio probatorio alternativo a la tortura que se había configurado como el medio más eficaz para obtener una confesión en ausencia de testigos. Ni que decir tiene que algunos acusados preferían esta prueba ya que en definitiva el milagro no era que el cuerpo se hundiera sino que flotase y en ocasiones transcurrido un cierto tiempo se sacaba al acusado del agua sin que se hubiese ahogado.
Richard Caton Woodville. Ordalía del agua fría. 1920
La prueba del fuego
Hasta nuestros días ha llegado la frase “poner la mano en el fuego por alguien” como una manera de demostrar que se cree en la inocencia de alguien como un simple acto de fe. Como se ve la frase ha sobrevivido varios siglos a este tipo de prácticas medievales. Existían diversas modalidades de esta tipología de juicio de Dios si bien todas tenían en común la utilización del fuego y las quemaduras que provocaban en la piel del reo.
Fuente : Pinterest
El acusado era declarado inocente si no se quemaba o si sus quemaduras curaban a los tres días. Al contrario que en la ordalía del agua fría aquí se pedía a Dios que obrase un milagro alterando las leyes de la naturaleza ya que lo normal era que la piel se quemase en contacto con el fuego. Hoy en día sabemos que existen ciertas técnicas que pueden utilizarse para no quemarse acudiendo exclusivamente a las leyes de la física (véase el ejemplo de algunos expertos que caminan sobre las brasas sin quemarse.
Una de las pruebas consistía en caminar una cierta distancia llevando entre la manos un hierro candente. En otras ocasiones el acusado debía poner la mano en el fuego y desde muy antiguo se utilizaba la prueba de andar con los pies descalzos sobres brasas que ya hemos mencionado.
Hoy en día nos puede parecer paradójico que dejara de utilizarse la intervención divina (y la sacerdotal) como medio probatorio del sistema judicial, para ser sustituida en el ámbito puramente civil por la tortura como un medio eficaz de conseguir la confesión del reo. Si alguien está pensando que la Inquisición torturaba, ya puede ir desechando la idea, ya que ese trabajo sucio se lo encomendaba al brazo secular. Lo suyo era el rescate de las almas.
Bibliografia y webgrafía
Francisco Tomás y Valiente. La tortura en España. Ed. Ariel,
Eugenio Fuentes: La hoguera de los inocentes. 2018. Tusquets editores.
Faustino Gudín Rodríguez– Magariños. El estado de derecho frente a la tortura. Editorial Tirant lo Blanch
Wikipedia. Ordalía. https://es.wikipedia.org/wiki/Ordal%C3%ADa
Enlaces de las imágenes
Imagen de portada: The Queen of the Tournament: Ivanhoe 1838-1929 Frank William Warwick Topham